Cambio de Comercializador

La Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG expidió la Resolución 156 de 2011 mediante la cual adopta el reglamento de operación, que contiene el conjunto de disposiciones que regulan los derechos y obligaciones de los agentes que realizan la actividad de comercialización de energía eléctrica. Este reglamento aplica a todas las empresas que desarrollan la actividad de comercialización en Colombia, que en conjunto con la generación, la transmisión y la distribución forman la cadena productiva de energía eléctrica.

Definiciones:

La Comercialización: Actividad de consiste en la compra y venta de energía eléctrica en el mercado mayorista y su venta con destino a otras operaciones en dicho mercado o a los usuarios finales, conforme a los señalado en el artículo 1º de la Resolución CREG 024 de 1994.

La Distribución: es realizada por el operador de Red y consiste en el transporte de la electricidad desde las redes de alta tensión hasta el usuario final, Se dividen en STR (Sistema de Transmisión Regional) y SDL (Sistema de Distribución Local). Los cargos por el uso de estas redes son aprobados por la Comisión de energía y gas – CREG

EMPRESAS MUNICIPALES DE CARTAGO E.S.P. participante en el Mercado Mayorista de Energía (MEM) como agente que realiza la distribución y la comercialización de energía eléctrica en el municipio de Cartago – Valle del Cauca, en donde además 11 agentes más utilizan las redes de EMCARTAGO para la comercialización de energía.

EMCARTAGO atiende un mercado de usuarios regulados y cuya relación está dada por el Contrato de Condiciones Uniformes.

La Ley 142 de 1994 en su artículo 9. DERECHO DE LOS USUARIOS. Los usuarios de los servicios públicos tienen derecho, además de los consagrados en el Estatuto Nacional del Usuario y demás normas que consagren derechos a su favor, siempre que no contradigan esta ley, a: 9.2 La libre elección del prestador del servicio y del proveedor de los bienes necesarios para su obtención o utilización.

Consulte aquí el procedimiento y los Requisitos para el cambio de comercializador de energía eléctrica.

Para más información comuníquese con la línea (2) 211 00 60 Ext 134.

EMCARTAGO E.S.P. informa a todos sus usuarios que la empresa Energía de Pereira es el nuevo operador del servicio de energía eléctrica. Si necesita información relacionada con dicha prestación del servicio puede visitar la página https://www.eep.com.co/menu-cartago.